Orden de 7 de junio de 2007, de la Consejería de Economía y Empleo por la que se declara mineral natural el agua procedente de manantial con la denominación «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Brañosera, (Palencia).





Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente del manantial con la denominación «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Brañosera, en la provincia de Palencia y del que resultan los siguientes






Orden del día 11 agosto 2007

Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente del manantial con la denominación «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Brañosera, en la provincia de Palencia y del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Con fecha 30 de septiembre de 2004, D. Alejandro Fernández del Río, Presidente de la Junta Vecinal de Brañosera y en representación de la misma, solicita la declaración de agua «mineral natural» la procedente de la fuente ubicada en el término municipal de Brañosera, con las coordenadas UTM (X: 391.987,500, Y: 4.755.040,500,Z: 1.264,800). Junto con la solicitud presenta certificación emitida por el Secretario de la Junta Vecinal de Brañosera sobre la ubicación de la fuente en el término de Brañosera, solicitud de que se efectúe el análisis físico-químico y la credencial de Alcalde Pedáneo emitida por la Junta Electoral Central. 2. Las publicaciones reglamentarias correspondientes a la solicitud de la declaración se llevan a efecto con fecha 26 de noviembre de 2004 en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, el 5 de noviembre de 2004 en el Boletín Oficial de Castilla y León, el 22 de noviembre de 2004 en el BOE y en el Ayuntamiento de Brañosera. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones. 3. Con fecha 26 de mayo de 2005 se realiza la toma de muestras del agua de la fuente en presencia del representante de la Sección de Minas y del promotor del expediente, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Régimen de la Minería en su artículo 39. 4. Con fecha 30 de mayo de 2005, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Palencia envía las muestras de la fuente para su análisis e informe por el Instituto Geológico y Minero de España, de acuerdo con el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería. 5. El Instituto Geológico y Minero de España emite informe favorable a las características físico-químicas de las muestras de agua procedentes de la fuente, con fecha 2 de septiembre de 2005, a la vista de los resultados del análisis realizado por su laboratorio. 6. A requerimiento del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Palencia, con fecha 18 de mayo de 2006, el solicitante presenta un cuadro comprensivo de los datos de análisis de las aguas relativos al manantial denominado Fuente de San Bartolomé durante doce meses consecutivos, de acuerdo con el apartado 1.1 del Anexo I del R.D. 1704/2002, de 18 de octubre. 7. Con fecha 11 de septiembre de 2006, la Sección de Minas del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Palencia informa favorablemente la solicitud de declaración de agua «mineral natural» la proveniente del manantial denominado Fuente de San Bartolomé. 8. La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad, con fecha 21 de noviembre de 2006, emite informe vinculante favorable a la declaración de «agua mineral natural» la procedente del manantial de referencia. 9. Con fecha 22 de noviembre de 2006, el Servicio de Ordenación y Autorizaciones Sanitarias de la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria remite el expediente al Servicio de Minas para continuar con la tramitación. 10. Con fecha 8 de mayo de 2007, el Servicio de Minas emite informe favorable a la declaración de mineral natural al agua procedente del manantial de referencia, siendo ratificado en los mismos términos por la Dirección General de Energía y Minas.

1. El Consejero de Economía y Empleo es el competente para la resolución de la caducidad, de acuerdo con el Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías y el Decreto 112/2003, de 2 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo 2. Con fecha 18 de octubre de 2002 se aprueba por Real Decreto 1074/2002, modificado por el Real Decreto 1744/2003, de 19 de diciembre, por medio de los cuales se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas; esta nueva norma, en su ar-tículo 2, distingue varios tipos entre las aguas de bebidas envasadas, entre ellas las «aguas minerales naturales». 3. En el expediente se han cumplido los requisitos de procedimiento recogidos en la vigente Ley de Minas y en su Reglamento.

Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Energía y Minas, resuelvo:

Declarar como «Mineral Natural» el agua procedente del manantial denominado Fuente de San Bartolomé, con la denominación de «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), en el término municipal de Brañosera, en la provincia de Palencia, promovido por la Junta Vecinal de Brañosera.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados también desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, 7 de junio de 2007.-El Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva Rodríguez.



Datos oficiales del departamento Comunidad de Castilla y León

Orden de 7 de junio de 2007, de la Consejería de Economía y Empleo por la que se declara mineral natural el agua procedente de manantial con la denominación «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Brañosera, (Palencia).

"Orden de 7 de junio de 2007, de la Consejería de Economía y Empleo por la que se declara mineral natural el agua procedente de manantial con la denominación «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Brañosera, (Palencia)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-15341 publicado el 11 agosto 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-15341
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 agosto 2007
Fecha Pub: 20070811
Fecha última actualizacion: 11 agosto, 2007
Numero BORME 192
Seccion: 3
Departamento: Comunidad de Castilla y León
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 agosto 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 34502
Pagina final: 34502




Publicacion oficial en el BOE número 192 - BOE-A-2007-15341


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-15341 de Orden de 7 de junio de 2007, de la Consejería de Economía y Empleo por la que se declara mineral natural el agua procedente de manantial con la denominación «Fuente de San Bartolomé», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Brañosera, (Palencia).


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