Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 12 de julio de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Obras de modernización de la zona regable del Bajo Guadalquivir, balsa para la regularización del canal entre el p.k. 27+700 y el 40+340, balsa de La Restinga, término municipal de Carmona (Sevilla)».

1. Objeto, justificación y localización del proyecto. Promotor y Órgano sustantivo.-El objeto del proyecto es la construcción de una balsa, emplazada en el Arroyo Guadajoz o Restinga, a 1,2 km del Poblado de Guadajoz, provincia de Sevilla. La finalidad de esta balsa es contribuir a la regulación del Canal del Bajo Guadalquivir, estando previsto su llenado durante el invierno, tanto con las aportaciones propias del Arroyo Guadajoz, como con el bombeo de las aguas invernales que circulen por el Canal. El volumen así almacenado constituirá una reserva estratégica para hacer frente a situaciones excepcionales, es el caso de situaciones de sequía o interrupciones temporales, o para el riego de los cultivos de invierno, evitando desembalsar desde los grandes embalses de regulación situados en la cabecera de la cuenca del Guadalquivir. La actuación definida se ubica dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la provincia de Sevilla, ocupando terrenos que se encuentran en el municipio de Carmona. El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. 2. Tramitación.-La tramitación se inició con fecha 1 de marzo de 2005, momento en que se recibe la Memoria-resumen. El 6 de julio de 2005 se inicia el trámite de consultas previas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del R.D. 1131/88. Recibidas las respuestas a las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se dio traslado de las mismas al promotor el 27 de diciembre de 2005. La salida al trámite de información pública del expediente se publicó el 17 de abril de 2006 en el Boletín Oficial número 86, de la Provincia de Sevilla. Trascurrido el plazo, con fecha 26 de julio de 2006, tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente. 3. Descripción del proyecto.-La actuación se compone:

Una balsa de regulación con un volumen de 2,717 hm3.

Resolución de 13 de julio de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Modernización del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Navia, Central de Silvón (Asturias)», promovido por Enel Viesgo, S. A.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y por la Ley 9/2006, de 28 de abril, establece en el artículo 1.3, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental, en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. El proyecto de «Modernización del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Navia, Central de Silvón (Asturias)» se encuentra comprendido en el apartado k) del grupo 9 del anexo II del Real Decreto Legislativo.

Primero Objeto, descripción del proyecto y localización. Promotor y órgano sustantivo.-El proyecto consiste en la modernización de las instalaciones de la actual central, que se encuentran obsoletas. Para aprovechar dicha modernización y aumentar su eficacia productiva, se solicita un incremento del caudal concesional de la central hidroeléctrica de Silvón, pasando de los 100 m3/s actuales a 130 m3/s. Dicha central, se localiza en el río Navia, al pie de la presa de Doiras, en el término municipal de Boal (Asturias). La central hidroeléctrica de Silvón, aprovecha un salto bruto de 78,6 m, captando las aguas en el embalse de Doiras y restituyéndolas en la cola del embalse de Arbón.

Resolución de 13 de julio de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Concesión de aguas subterráneas para riego de 27,92 ha, parcela 183, polígono 30, (Talavera de la Reina, Toledo)», promovido por SAT número 6526, Hermanos López Serrano.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y por la Ley 9/2006, de 28 de abril, establece en el artículo 1.3, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental, en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. El proyecto «Concesión de aguas subterráneas para riego de 27,92 ha, parcela 183, polígono 30, término municipal de Talavera de la Reina (Toledo)» se encuentra comprendido en el apartado c) del grupo 1 del anexo II del Real Decreto Legislativo.

Primero. Objeto, descripción del proyecto y localización. Promotor y órgano sustantivo.-La actuación proyectada, tiene como objetivo la transformación en regadío de 27,92 ha, para el cultivo de alfalfa y maíz, mediante captación de aguas del subálveo del río Tajo. La actuación se llevará a cabo en la parcela 183 del polígono 30 en Talavera de la Reina (Toledo). Las principales actuaciones a realizar serán: Sondeo: El agua se captará del subálveo del río Tajo, mediante un pozo de 2 m de diámetro y 10 m de profundidad. Las necesidades hídricas previstas son 5.931 m3/ha/año, con una demanda total de 165.614 m3/año.

Resolución de 14 de julio de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del estudio informativo del proyecto «Corredor Norte-Noroeste de alta velocidad, tramos: Valladolid-Burgos y Venta de Baños-Palencia», promovido por la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento.

1. Objeto, localización y justificación del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El estudio informativo se enmarca en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte 2005-2020 (PEIT) del Ministerio de Fomento, dentro de la Red de Alta Velocidad. El objeto del estudio informativo es definir las alternativas de trazado a desarrollar en los tramos Valladolid-Burgos y Venta de Baños-Palencia, que permitan elevar la velocidad de circulación de los trenes, incrementando la calidad de las circulaciones y permitiendo reducir significativamente los tiempos de viaje, mejorándose el servicio prestado. El trazado propuesto atraviesa los siguientes términos municipales: Santovenia de Pisuerga, Cabezón de Pisuerga, San Martín de Valvení y Valoria la Buena (de la provincia de Valladolid), Dueñas, Venta de Baños, Villamuriel de Cerrato, Soto de Cerrato, Reinoso de Cerrato, Villaviudas, Torquemada, Herrera de Valdecañas, Quintana del Puente, Villodrigo y Palenzuela (de la provincia de Palencia), Revilla Vallejera, Villaverde-Mogina, Los Balbases, Villazopeque, Villaquirán de los Infantes, Villaldemiro, Celada del Camino, Estépar, Cavia, Frandovínez, Buniel y San Mamés de Burgos (de la provincia de Burgos). El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento.

Orden MAM/2569/2006, de 20 de julio, por la que se aprueba la relación de aspirantes admitidos, se publica la relación de excluidos y se anuncia el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, convocadas por Orden MAM/1697/2006, de 22 de mayo

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, convocadas por Orden MAM/1697/2006, de 22 de mayo, (B.O.E. de 1 de junio), y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril), y en la disposición novena de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (BOE del 25), por la que se establecen las bases comunes que seguirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado,

Este Ministerio ha dispuesto lo siguiente: