Decreto de 11 de junio de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la Fiscalía Provincial de Alicante, a don Pablo Romero Esteban.





El 26 de febrero ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, por el que da traslado de la propuesta, que a su vez le remite a él el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante, de nombramiento de Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial a don Pablo Romero Esteban, en régimen de exclusividad. Su recepción dio lugar a la incoación del expediente gubernativo 137/2020.






Orden del día 18 junio 2020

El 26 de febrero ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, por el que da traslado de la propuesta, que a su vez le remite a él el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante, de nombramiento de Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial a don Pablo Romero Esteban, en régimen de exclusividad. Su recepción dio lugar a la incoación del expediente gubernativo 137/2020.

Hechos

Primero.

Segundo.

El incremento y la complejidad de los asuntos que se tramitan en la Fiscalía Provincial de Alicante, dio lugar a que, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (artículo 19.5) por Decreto de 13 de febrero de 2020 del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante se ofreciera a toda la plantilla el cargo de Delegado de la Fiscalía Especial en régimen de exclusividad, resultando ser el único peticionario don Pablo Romero Esteban, cuyos méritos constan en el expediente. El Fiscal Jefe Provincial formuló la correspondiente propuesta.

Tercero.

El Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial ha informado favorablemente el nombramiento de don Pablo Romero Esteban corno Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada en régimen de exclusividad, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal [artículo 3.d) del Real Decreto 437/1983].

Cuarto.

El Ministerio de Justicia, por comunicación de 3 de junio de 2020, ha informado que existe disponibilidad presupuestaria para el abono del complemento retributivo correspondiente a la exclusividad.

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que, cuando el número de procedimiento así lo aconseje, el Fiscal General del Estado podrá designar en cualquier Fiscalía uno o varios Fiscales Delegados de las Fiscalías Especiales, que se integrarán en estas, oído el Consejo Fiscal, previa propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial y del Fiscal Jefe de la correspondiente Fiscalía de entre los miembros de la plantilla que lo soliciten (artículo 19.5).

Segundo.

La Instrucción 4/2006 FGE, de 12 de julio, sobre atribuciones y organización de la Fiscalía Especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción y sobre la actuación de los Fiscales especialistas en delincuencia organizada, establece que la actuación en régimen de exclusividad o relevación de funciones será un criterio predominante en el nombramiento de los Fiscales Delegados, cuando el volumen de asuntos correspondientes al doble ámbito funcional de actuación de los mismos (delitos competencia de la Fiscalía Especial y delitos de delincuencia organizada de ámbito territorial), requiera de la dedicación específica de los Delegados para un desempeño eficaz de la función especializada que justifica su nombramiento. El Delegado se integrará, en las Fiscalías en las que exista, en la Sección cuyo ámbito de actuaciones se corresponda en todo o en parte con las competencias de la Fiscalía Especial, para garantizar la adecuada coordinación de la actividad del Ministerio Fiscal.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, oído el Consejo Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerda:

El nombramiento del Ilmo. Sr. don Pablo Romero Esteban como Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada en la Fiscalía Provincial de Alicante, en régimen de exclusividad, que conllevará el derecho a percibir las retribuciones específicas que por tal concepto corresponda, sin que pueda desempeñar otras funciones en la Fiscalía Provincial de Alicante ajenas a la Delegación.

Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de junio de 2020.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.



Datos oficiales del departamento Ministerio Fiscal

Decreto de 11 de junio de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la Fiscalía Provincial de Alicante, a don Pablo Romero Esteban.

"Decreto de 11 de junio de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la Fiscalía Provincial de Alicante, a don Pablo Romero Esteban." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-6316 publicado el 18 junio 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-6316
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 18 junio 2020
Fecha Pub: 20200618
Fecha última actualizacion: 18 junio, 2020
Numero BORME 170
Seccion: 2
Departamento: Ministerio Fiscal
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 18 junio 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 41583
Pagina final: 41584




Publicacion oficial en el BOE número 170 - BOE-A-2020-6316


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-6316 de Decreto de 11 de junio de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la Fiscalía Provincial de Alicante, a don Pablo Romero Esteban.


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